El sábado 29 de febrero se celebrará la Asamblea General Ordinaria de CAVE-COVA en la que además de los asuntos formales se tratará a fondo una cuestión de indudable interés: la oportunidad de una ley de reconocimiento y participación vecinal.
La Ley de Asociaciones Estatal no hace ninguna referencia específica a las Asociaciones Vecinales mientras que sí lo hacen algunas de las normas autonómicas de forma directa o indirecta. La ley estatal, y con distintas versiones también las autonómicas, establecen que podrán ser declaradas de utilidad pública aquellas asociaciones en las que en sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general.
Justamente las asociaciones vecinales recogen, en general, dichos preceptos en sus estatutos dado que en su definición «son entidades de participación ciudadana que defienden los intereses generales de la población con carácter transversal fomentando una mejora de la calidad de vida de las personas en el territorio en que desarrollan su actividad» y siendo así, parece razonable que se promulgue una Ley que reconozca el papel jugado por las asociaciones vecinales desde su creación a finales de los sesenta en la construcción democrática y que se valore justamente el potencial participativo que hoy por su carácter transversal, independiente y plural puede desarrollar como tejido social vertebrador de la Comunitat Valenciana.
Con el fin de clarificar el espacio de las asociaciones vecinales podríamos clasificarlas por su finalidad como de atención de fines generales siendo que su actividad trasciende a los asociados y favorece también a terceras personas, en contraste con aquellas formuladas para la defensa de fines particulares.
Otra clasificación complementaria sería por su ámbito de actuación, en este caso la definiríamos como territorial dado que en su razón de ser siempre está ligado a un territorio, históricamente a un barrio, pueblo, ciudad o Comunidad.
Además, tendríamos que señalar la sorprendente durabilidad del movimiento vecinal y su adaptación: en el año 2018 se cumplieron 50 años de su existencia.
Precisando la definición de lo que son y cómo actúan las Asociaciones Vecinales, diríamos que son agrupaciones de personas que conviven en un mismo ámbito territorial, los cuales se organizan legal y legítimamente en asociaciones, federaciones o confederaciones con el fin de ocuparse de sus intereses y problemas comunes. Las Asociaciones Vecinales crean mecanismos para dirigirse a las distintas instancias del gobierno local, comarcal, provincial, autonómico o estatal, formulando sus planteamientos y cooperando con dichos organismos en pro del mejoramiento de los servicios y demás asuntos comunitarios.
Con todo lo expuesto y dada la especificidad del Movimiento Vecinal, dada su independencia, dada su transversalidad y dado el hecho de ser un auténtico cauce participativo de la ciudadanía útil, parece que ha llegado el momento de su reconocimiento y de la promulgación de la ley que reclamamos. Nos parece que esta es la prueba del algodón frente a postureos participativos del totum revolutum, del oportunismo y de la obediencia.
Veremos que opinan los Grupos Parlamentarios de las Cortes Valencianas.
Fuente: https://www.levante-emv.com/